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Los cilindros de 20 kilogramos y de 30 subirán nuevamente precio a partir del domingo 14 de julio y estarán vigentes en la región hasta el próximo 20 de julio del 2024 ; Estos serán sus costos en comparación con la semana pasada

Tepeaca de Negrete.- El precio del gas LP al consumidor subió su costo nuevamente en el municipio de Tepeaca y la región, y desde el domingo 14 de julio tendrá un valor por kilogramo de 19.74 y 10.66 por litro por acuerdo de la Regulación de precios de la Secretaría de Energía del Gobierno Federal y que estarán vigentes hasta el próximo 20 de julio del 2024.

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Con el nuevo ajuste de precios ,el cilindro de gas de 20 kilogramos , nuevamente subirá y seguirá encima de la barrera de 300 pesos .El tanque costará 394.80 pesos . La semana pasada costó 385 pesos por unidad en Tepeaca ,es decir una diferencia de 9.80 pesos más en comparación a la semana pasada

En presentación de 30 kilogramos , el tanque tendrá un costo de 592.20 a partir del lunes 15 de julio es decir una variación de 14.70 pesos más en comparación con la semana pasada que costó 577.50 El costo supera la barrera de 500 pesos y estarán vigentes en la región hasta el próximo 20 de julio

En otros municipios de la región como Cuapiaxtla de Madero, Tecamachalco, San Salvador Huixcolotla, Quecholac, Tlachichuca , El Seco, Palmar de Bravo y Soltepec el precio por kilogramos estará en 19.74 pesos por kilogramo y 10.66 por litro, respectivamente por lo cual el cilindro de 20 kilogramos también costará 394.80 pesos

Al igual que en Tepeaca , el precio del combustible también tendrá ese precio esta semana en Amozoc, Acajete, Mixtla , Tecali de Herrera, los Reyes de Juárez, Rafael Lara Grajales, Tochtepec , Santo Tomás Hueyotlipan, Tzicatlacoyan, Tepatlaxco, Acajete y la capital poblana.

Es de resaltar que los precios regulados se establecieron desde el año 2022 según el Acuerdo Número A/024/2021 de la Comisión Reguladora de Energía, CRE, que estableció la regulación de precios máximos de gas licuado de petróleo objeto de venta al usuario final, en cumplimiento a la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo, emitida por la Secretaría de Energía, buscando proteger los intereses de los consumidores.

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